Lilium martagon
L. (1753)
Nombres vernáculos
(cast.) Azucena silvestre; Lirio silvestre; Martagón
(cat.) Azucena de camp; Lliri morat; Marcòlic
Familia
LILIACEAE – Liliáceas
Color de la
flor: de Rosado oscuro a violeta, con manchas oscuras
purpúreas.
Floración: Junio
a Agosto.
Ecología: Prados
y pastizales montanos, claros de bosques (robledal, melojar, castañar, hayedo, también en pinares de pino
silvestre, abetales y bosques de ribera), ocasionalmente en fisuras frescas y
húmedas. Indiferente al substrato, se desarrolla principalmente sobre suelos
con cierta humedas, generalmente en situaciones de umbría.
Rango
altitudinal: 50 – 2.200 m.
Distribución: Eurosiberiana. Dispersa desde el W de Europa hasta el E de China,
por el N de la Región Mediterránea desde la mitad N de la Península Ibérica
hasta el Peloponeso. Introducida en Gran Bretaña, Dinamarca, Noruega, Suecia,
Finlandia, Holanda y Bélgica.
Observaciones: Cultivada como ornamental por su elegancia innata.
Su recolección en la naturaleza resulta la principal amenaza para su
supervivencia, aunque dicha tarea está terminantemente prohibida.
Tradicionalmente sus bulbos
han sido usados como emolientes y se tienen por diuréticos. Macerando el
bulbo con vinagre se aplica sobre llagas y eccemas. Si se macera con aceite de
oliva se obtiene una especie de bálsamo que se utiliza para aliviar quemaduras
y tratar manchas. El bulbo hervido con leche se aplica en caliente para reducir
forúnculos y granos infectados.
En algunos lugares el bulbo,
rico en almidón, se come de forma similar a la patata.
En ciertos territorios ibéricos
está protegida legalmente según los siguientes criterios:
-
Cataluña; según Decreto 172/2008, de 26 de agosto, por el que se crea el Catálogo de Flora Amenazada
de Cataluña (D.O.G.C. núm 5204, 28 de agosto de 2008); dentro de la categoría: Taxon de Flora
Estrictamente Protegido.
-
Castilla La
Mancha; según Decreto 33/1998
de 5 de mayo, por el que se crea el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (D.O.C.M.
núm. 22, 15 de mayo 1998); dentro de
la categoría: Taxon de Interés Especial.
-
Comunidad de
Madrid; según Decreto 18/1992
de 9 de febrero, por el que se
aprueba el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres
y se crea la categoría de árboles singulares (B.O.C.M. núm. 85, 9 de abril
de 1992); dentro de la categoría: Taxon
sensible a la alteración de su hábitat.
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