29 de septiembre de 2017

Oleaceae: Jasminum fruticans

Jasminum fruticans
L. (1753)


Sinónimos
Jasminum collinum Salisb., nom. superfl. (1796)
Jasminum frutescens Gueldenst., nom. nud. (1787)
Jasminum fruticosum Willd. (1796)
Jasminum heterophyllum Moench., nom. illeg. (1794)
Jasminum syriacum Boiss. & Gaill. (1859)
Jasminum mariae Sennen & Mauricio (1931)

Nombres Vernáculos
(cast.) jazmín, jazmín amarillo, jazmín silvestre
(cat.) gessamí groc, llessamí groc
(fra.) jasmin d’été, jasmin jaune
(ing.) wild jasmine, shruby jasmine
(ita.) gelsomino giallo

Familia
OLEACEAE – Oleáceas


Color de la flor: Amarillo.
Floración: Febrero a agosto.
Ecología: Comunidades forestales y sus orlas. Se cría principalmente en las forestas mediterráneas aclaradas (encinares, alcornocales, quejigares y pinares), entre el matorral (lentiscares, romerales y coscojares), en los setos; con frecuencia aparece en roquedos, lindes y bordes de campos de cultivo. Parece ser indiferente al substrato, creciendo en lugares de suelos pedregosos o rocosos, de secos a frescos y en exposiciones de soleadas a ligeramente sombreadas. Crece entre los pisos termo y mesomediterráneo, principalmente en áreas de ombroclima de seco a subhúmedo.
Rango altitudinal: 0 – 1.800 m.
Distribución: Región Mediterránea y Asia menor (Circunmediterránea). Las poblaciones ibéricas se extienden por casi toda la península, haciéndose más rara hacia el norte, el noroeste y las zonas áridas del SE. Falta en las Baleares.


Etimología: El nombre genérico Jasminum parece provenir del árabe clásico yâsamîn, yâsemîn nombre con el cual era designados varios tipos de jazmines. Fue establecido por Tournefort (1694, 1700) y validado por Linneo (1754).
Por su parte el epíteto específico fruticans, proviene de la voz latina fruticans, -ántis = que retoña, que echa tallos, renuevos, ramas, lo que es lo mismo decir que se hace arbustivo y fruticoso.



Legislación: En algunas zonas ibéricas está protegida por ley, según los siguientes criterios:
-       Murcia; según Decreto 50/2003 de 30 de mayo, por el que se crea el Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida de la Región de Murcia y se dictan normas para el aprovechamiento de diversas especies forestales (B.O.R.M.) núm. 131 de 10 de junio de 2003); dentro de la categoría: Taxon de interés especial.
Se encuentra citado en las siguientes Listas o Libros Rojos:
-       Libro Rojo de la Flora Silvestre Protegida de la Región de Murcia; taxon de interés especial.
Observaciones: En no pocas ocasiones se ha usado como ornamental.





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